13 Marzo 2012
El Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha dado nueva redacción a los artículos 51 y 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, referentes a los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos de trabajo y reducción de jornada. Se estableció la obligación de hacer un desarrollo reglamentario a la norma, pero el Ministerio de Empleo ha optado por emitir una Orden Ministerial y publicarlo una vez se lleve a cabo el trámite parlamentario