9 Abril 2013
Desde el pasado 1 de abril de 2013 comenzaba el plazo de quince días hábiles para autoliquidar las tasas devengadas entre el 24 de febrero de 2013 y el 1 de abril de 2013 correspondientes a las personas físicas, y todos los sujetos pasivos en los casos de presentación de los recursos contencioso-administrativos que tengan por objeto la impugnación de resoluciones sancionadoras.