8 Mayo 2013
Las actuaciones de la Inspección de Trabajo pueden estar interrumpidas un plazo máximo de 5 meses, y como norma general, una inspección de trabajo no puede durar más de 9 meses. En materia de Seguridad Social, las infracciones prescribirán a los cuatro años. Se han modificado las sanciones aplicables en caso de que la Inspección reclame cotizaciones sociales no ingresadas.