Analizamos el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por despido de directivos

11 Junio 2013

A partir de 2013 en el IRPF se ha limitado la posibilidad de reducir en el 40% las indemnizaciones laborales o mercantiles generadas en más de 2 años superiores a 700.000€, de tal forma que no se reducen en absoluto a partir de 1.000.000€. También afecta al Impuesto sobre Sociedades, ya que no serán deducibles para el pagador los gastos superiores a 1.000.000€ o, en indemnizaciones superiores, los que sobrepasen la indemnización exenta en el IRPF.

Presentada por / junio 11, 2013
Publicado en
Sin categoría

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies