11 Junio 2013
A partir de 2013 en el IRPF se ha limitado la posibilidad de reducir en el 40% las indemnizaciones laborales o mercantiles generadas en más de 2 años superiores a 700.000€, de tal forma que no se reducen en absoluto a partir de 1.000.000€. También afecta al Impuesto sobre Sociedades, ya que no serán deducibles para el pagador los gastos superiores a 1.000.000€ o, en indemnizaciones superiores, los que sobrepasen la indemnización exenta en el IRPF.