26 Junio 2013
El Tribunal Supremo ha ordenado que se anule un contrato de compraventa de vivienda entre dos inmobiliarias, al valorar a la crisis económica como hecho notorio -es decir, que no necesita demostración – que llevó a la entidad bancaria a no aceptar la subrogación de la hipoteca, punto central del contrato, así como a un retraso de más de un año en la entrega de la vivienda.