¿Es necesaria el voto de la mayoría de propietarios para la instalación del ascensor?

10 Septiembre 2013

Desde el pasado 28 de junio de 2013, con las modificaciones introducidas en la Ley de Propiedad Horizontal por la Ley 8/2013, la instalación de ascensores en una comunidad de propietarios solo requiere el voto favorable de la mayoría de los propietarios que a su vez represente la mayoría de cuotas de participación.

Presentada por / septiembre 10, 2013
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