20 Septiembre 2013
Una vez que entrada en vigor la Ley de Emprendedores, todos los autónomos que se den de alta por primera vez en el régimen de la Seguridad Social (o que no estén de alta desde hace más de 5 años), y que no tengan empleados, tendrán derecho a una cuota de 50 euros durante los primeros 6 meses de actividad (en lugar de los 250 euros que pagan los autónomos como mínimo), de 125 euros durante los 6 meses siguientes y de 175 euros hasta completar los 18 meses.