¿Que hacer con las notificaciones electrónicas en el verano?

6 Agosto 2014

Les recordamos a los contribuyentes que están incluidos en el régimen de notificaciones electrónicas la posibilidad que tiene de optar por 30 días naturales anuales en los que Hacienda no puede notificarles a través de la Dirección Electrónica Habilitada (buzón electrónico). Estos 30 días son de libre elección, con el único requisito de solicitarlos con una antelación mínima de 7 días naturales al primer día en que vaya a surtir efecto, sin necesidad de agrupar un mínimo de días.

Presentada por / agosto 6, 2014
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