23 Febrero 2015
Los trabajadores sujetos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) podrán cambiar la base de cotización por la que estén obligados a cotizar siempre y cuando realicen esta modificación antes del próximo 30 de Abril de 2.015 teniendo efectos este cambio a partir del 1 de Julio de 2.015. Asimismo, también podrán solicitar la devolución de cotizaciones simultáneas al Régimen General y al RETA.