19 Agosto 2015
La declaración de incapacidad permanente total que realiza el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) respecto de un trabajador puede dar lugar a la extinción o suspensión de la relación laboral en la medida en que esa incapacidad sea previsiblemente definitiva o, por el contrario, sea de probable revisión por mejoría. En función de si es definitiva o no, la relación laboral se extinguirá o se suspenderá en cuyo caso el trabajador podrá volver al puesto de trabajo si su salud y su capacidad para trabajar mejora según el diagnóstico del INSS.