Presentación y legalización ante el Registro Mercantil de los Libros Oficiales de los empresarios

19 Abril 2016

Las sociedades mercantiles están obligadas a presentar y legalizar ante el Registro Mercantil correspondiente los libros contables, mercantiles y de carácter fiscal que sean obligatorios dentro de los cuatro primeros meses a contar desde el cierre del último ejercicio fiscal. Así, las sociedades mercantiles cuyo cierre fiscal haya tenido lugar el pasado 31 de Diciembre de 2.015 (fecha en la que tiene lugar el cierre fiscal de la mayoría de compañías mercantiles) dispondrán de hasta el 30 de Abril de 2.016 para proceder a la confección, presentación y legalización telemática ante el Registro Mercantil de estos Libros.

Presentada por / abril 19, 2016
Publicado en
Sin categoría

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies