25 Abril 2016
Las empresas españolas que hayan contribuido eficazmente, con inversiones cuantificables en prevención de riesgos laborales a la reducción de la siniestralidad laboral y que hayan realizado actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales durante el pasado ejercicio 2015, podrán disfrutar de un “Bonus” sobre las cuotas satisfechas por contingencias profesionales en el pasado año.