15 Septiembre 2016
La Dirección General de Tributos (DGT), en dos de sus últimas consultas vinculantes publicadas, considera que, en determinadas situaciones, los contribuyentes podrán seguir beneficiándose de la deducción por alquiler de vivienda habitual aportando una nueva interpretación de la Disposición Transitoria Decimoquinta de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que establecía que los contribuyentes con contratos de alquiler firmados a partir del 1 de Enero de 2.015 no podrían acogerse a la deducción por alquiler de vivienda habitual.