27 Septiembre 2016
La Inspección de Trabajo y de Seguridad Social (ITSS) ha emitido recientemente el Criterio Técnico 97/2016 de 15 de Junio de 2.016 en el que se establece que, de oficio o por denuncia cuando la relación laboral haya terminado, controlará la situación laboral y de Seguridad Social de los trabajadores desplazados, realizará comprobaciones en relación al carácter real de la empresa que desplaza y de la propia prestación de servicios para evitar el fraude de ley y garantizar el cumplimiento de las normas laborales y de Seguridad Social.