28 Septiembre 2016
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su Sentencia número 543/2016 de 21 de Junio, admite que los trabajadores desempleados podrán optar por la opción de capitalizar su prestación por desempleo para la constitución de una sociedad de capital siempre y cuando de dicha constitución se derive el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social y siempre que la sociedad de capital lleve realmente a cabo la actividad que constituya su objeto respetándose el criterio del autoempleo establecido en la Ley 45/2002 de 12 de Diciembre de Medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.