Los contribuyentes que ignoren la existencia de bienes propios en el extranjero no están exentos de presentar el Modelo 720

25 Noviembre 2016

Los contribuyentes que cuenten con bienes en el extranjero están obligados a la presentación del Modelo 720 frente a la Agencia Española de la Administración Tributaria (AEAT) cuyo plazo de presentación va desde el 1 de Enero al 31 de Marzo del ejercicio siguiente al que se refiera el Modelo pero ¿Qué ocurre cuándo los contribuyentes desconocen la existencia de esos bienes? ¿Siguen estando obligados a dicha presentación? ¿La ausencia de presentación trae consigo la imposición de algún tipo de sanción?

Presentada por / noviembre 25, 2016
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